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Sus derechos y responsabilidades

Sus derechos y responsabilidades

Propósito

Reconocer los derechos y responsabilidades de los pacientes y la responsabilidad de Beaufort Memorial de responder a cada paciente con dignidad personal y respeto en un ambiente libre de tabaco.


Beaufort Memorial proporciona información sobre los derechos y responsabilidades de los pacientes a cada paciente internado, ambulatorio y/o a la familia, el vocero o el tutor legal del paciente. Si el paciente, el vocero o el tutor legal del paciente no pueden comprender inglés, el personal del hospital se asegurará de que el paciente reciba la información de forma tal que pueda comprenderla.


Derechos del paciente

Vocero personal, visitas y comunicación

  1. Vocero personal del paciente: cada paciente debe elegir un vocero personal. No es necesario que el vocero sea un pariente consanguíneo del paciente. Este vocero tiene derechos plenos de visita y debe estar involucrado en el plan de atención del paciente; las decisiones respecto de su atención médica (a menos que se haya otorgado esta autoridad a otra persona como tutor nombrado por la corte, por medio de un poder notarial o una directiva anticipada); el programa de manejo del dolor del paciente; y el proceso de alta hospitalaria del paciente. El vocero del paciente también debe ayudar a coordinar las visitas de familiares e invitados, de acuerdo con las preferencias del paciente.
  2. Visitas: el paciente tiene derecho a elegir quiénes son sus familiares, incluidos, entre otros, cónyuge, pareja doméstica, pareja del mismo sexo, otros familiares o amigos a los que el paciente considere su familia. El paciente tiene derecho a recibir visitas de estos familiares y otros invitados durante su estadía en el hospital. Los familiares y visitantes tienen la responsabilidad de cumplir con todas las restricciones de visitas recomendadas y comunicadas por el equipo de atención médica, según las necesidades del paciente. 
  3. Comunicación: dentro de los límites que sean adecuados para la privacidad y el bienestar del paciente y de otros pacientes, se respeta la comunicación entre el paciente y otras personas fuera de Beaufort Memorial. Si el paciente tiene discapacidad auditiva o no habla y comprende el idioma inglés, se le proporcionarán intérpretes y/o dispositivos de texto y/o telefónicos sin cargo.
  4. Notificación de admisión en el hospital: el paciente tiene derecho a que se notifique a su familia y su médico personal sobre la admisión dentro de un plazo de tiempo razonable.


Respeto y no discriminación

  1. Acceso al tratamiento: dentro de la capacidad y el alcance de su misión y servicios, Beaufort Memorial respeta y respalda el derecho del paciente a tener un acceso imparcial al tratamiento o los servicios que concuerden con las leyes y regulaciones relevantes y con lo que esté médicamente indicado.
  2. Privacidad personal: en la medida en que sea razonable, se honrará el derecho del paciente a su privacidad personal, visual y auditiva.
  3. Restricción y aislamiento: el paciente debe estar libre de cualquier tipo de restricción que no sea necesaria desde el punto de vista médico. El paciente tiene derecho a estar libre de restricciones y aislamiento, excepto en caso de una emergencia, en la cual haya riesgo inminente de que una persona se dañe físicamente a sí misma o dañe a otras, o en los casos en que intervenciones menos restrictivas serían ineficaces.  
  4. Valores psicosociales, culturales y espirituales: el paciente tiene derecho a ejercer sus valores culturales y personales, sus creencias, preferencias y creencias espirituales, en tanto que no interfieran con el bienestar de los demás, el curso previsto de la atención médica y/o las operaciones del hospital. 
  5. Fotografías, filmaciones o grabaciones: no se obtendrán fotografías, filmaciones ni grabaciones sin el consentimiento informado del paciente o su representante legal. El paciente puede negarse a las fotografías, grabaciones o filmaciones de su atención, y puede solicitar que dichas acciones se detengan en cualquier momento durante el proceso, aunque se haya otorgado un consentimiento previo.
  6. Seguridad y vigilancia: el paciente tiene derecho a que se lo proteja de los riesgos del entorno hospitalario. El Comité de mejoras del desempeño del hospital y seguridad del paciente en el hospital, el Comité de entorno de la atención, el Comité de control de infecciones y el Programa de manejo del riesgo intentarán eliminar los riesgos para el paciente.


Participación en las decisiones de tratamiento

  1. Directivas anticipadas: formulación y uso de directivas anticipadas y designación de un sustituto en la toma de decisiones en su nombre, en la medida en que esté permitido por la ley.
  2. Explicación de la atención médica: en la medida en que el paciente lo desee, este tiene el derecho de estar informado de manera clara y concisa, en términos que comprenda, sobre su afección y/o los procedimientos propuestos, incluidos los riesgos, los beneficios y el pronóstico, y de los requisitos médicos continuos después del alta hospitalaria. 
  3. Decisiones médicas: el paciente tiene derecho a tomar decisiones respecto de su atención en las áreas de internación y ambulatoria, directivas anticipadas y la negativa a recibir atención. Si el paciente no está en condiciones de tomar estas decisiones, debe nombrar a un sustituto que actúe en su nombre.
  4. Planificación del alta hospitalaria: los pacientes pueden solicitar una evaluación de planificación del alta hospitalaria.
  5. Consultas: el paciente tiene derecho a solicitar la consulta con un especialista. Esto se puede arreglar mediante una derivación del médico que atiende al paciente.
  6. Negativa a recibir atención: los pacientes o sus sustitutos tienen el derecho a negarse a recibir atención, tratamiento o servicios de acuerdo con las leyes de Carolina del Sur y a ser informados de las consecuencias de esta negativa. 
  7. Servicios de protección: el paciente tiene derecho a acceder a servicios de protección, información y asistencia.
  8. Ausencia de abusos: los pacientes tienen derecho a la ausencia de abuso mental, físico, sexual y verbal, la negligencia y la explotación por parte del personal, los visitantes, los estudiantes, los voluntarios, otros pacientes o sus familiares.
  9. Comité de ética: los conflictos de valores, principios o intereses en el entorno clínico se resolverán mediante la colaboración del personal profesional y el paciente y, cuando corresponda, la familia u otro representante del paciente. El comité de ética de Beaufort Memorial proporcionará ayuda cuando sea necesario.


Confidencialidad y divulgación de la información

  1. Confidencialidad: se honra la confidencialidad del paciente dentro de los límites de la ley. Esto incluye la ubicación, identidad y registro médico del paciente y se aplica al hecho de compartir información interna del hospital con fuentes externas.
  2. Identidad de los cuidadores: el paciente tiene derecho a conocer la identidad y el estatus profesional de las personas que le proporcionan servicios y a saber qué médico u otro profesional médico es el principal responsable de su atención. El paciente también tiene derecho a solicitar hablar con el médico que lo trata en cualquier momento, comunicándolo al personal de enfermería a cargo o al supervisor de enfermería, o solicitando a un miembro del equipo médico que coordine esta comunicación.
  3. Acceso a la información: el paciente tiene derecho a acceder a la información completa y actualizada respecto de su diagnóstico, tratamiento, todo pronóstico conocido y resultado de la atención, incluidos los resultados imprevistos de la atención.
  4. Sujetos de la investigación/estudios de investigación: el paciente tiene derecho a negarse a participar en cualquier actividad de investigación o a retirarse en cualquier momento. Esta decisión no afecta la provisión de atención médica al paciente. Los pacientes participantes en investigaciones y ensayos clínicos tienen el derecho a recibir la información adecuada para poder otorgar un consentimiento informado respecto de la investigación y el derecho a negarse a participar sin que esto comprometa su acceso a la atención y el tratamiento.
  5. Divulgaciones: el paciente tiene derecho al acceso, la solicitud de enmiendas y la recepción de un detalle de todas las divulgaciones respecto de su información médica, según lo permitido por la ley.


Responsabilidades de los pacientes

  1. Provisión de información: el paciente tiene la responsabilidad de proporcionar, a su leal saber y entender, información precisa y completa sobre todo lo referente a su salud.
  2. Hacer preguntas: los pacientes son responsables de formular preguntas cuando no comprendan lo que se les informó sobre su atención o lo que se espera que hagan.
  3. Seguir instrucciones: el paciente es responsable de cumplir con el plan de tratamiento mutuamente acordado entre el paciente, los médicos y otros profesionales clínicos que participan en la atención del paciente. El paciente tiene la responsabilidad de expresar las inquietudes que tenga sobre su capacidad de seguir la atención o el tratamiento propuesto y cumplirlos. Se espera que el paciente permanezca en la unidad clínica internado. Si el paciente se niega a seguir las instrucciones respecto a abandonar la unidad, asume todo riesgo asociado con esa acción.
  4. Negativa al tratamiento/aceptación de las consecuencias: el paciente es responsable de sus acciones y los resultados de dichas acciones si se rehúsa al tratamiento o no sigue el plan de tratamiento que se acordó.
  5. Cargos hospitalarios: el paciente es responsable de asegurarse de cumplir lo antes posible con las obligaciones financieras de su atención médica.
  6. Reglas y regulaciones del hospital: el paciente es responsable de seguir las reglas y regulaciones del hospital que afectan la atención del paciente y su conducta.
  7. Respeto y consideración: el paciente es responsable de ser respetuoso con la propiedad y la privacidad de otras personas y del hospital y sus empleados, y debe comportarse en consecuencia.


Seguridad del paciente y quejas sobre la calidad de la atención

  1. Inquietudes, quejas y reclamos: el paciente o el vocero del paciente, familiar o tutor legal tienen el derecho a expresar inquietudes, quejas o reclamos respecto de la seguridad del paciente, la calidad de la atención recibida o el alta hospitalaria prematura. Si tiene alguna inquietud, comuníquese con el médico o el personal de enfermería que atiende al paciente, o llame al defensor de pacientes de Beaufort Memorial, en nuestro Departamento de Experiencia del Paciente, llamando al 843-522-5172. Beaufort Memorial tiene un proceso de pronta resolución de las inquietudes de los pacientes y se proporcionan detalles a cada paciente. Si se expresa una inquietud, queja o reclamo, esto dará por resultado una revisión, respuesta y, cuando sea posible, resolución de manera oportuna. Expresar las inquietudes no afectará la atención futura que se reciba en el hospital.


Si no podemos resolver sus inquietudes, pueden ponerse en contacto con los siguientes organismos:

  • Departamento de Salud y Control Ambiental (Dept. of Health and Environmental Control, DHEC) de Carolina del Sur, llamando al 800-922-6735
  • La Comisión Conjunta
  • Centros de las Carolinas para la Excelencia Médica (Carolinas Center for Medical Excellence) (solo para Medicaid y Medicare), llamando al 800-922-3089


Notificación del programa de asistencia financiera

Si no reúne los requisitos para un programa de asistencia médica estatal o federal y no tiene seguro o su seguro cubre menos de lo que usted necesita, es posible que reúna los requisitos para recibir ayuda a través del Programa de asistencia financiera. Si considera que podría necesitar asistencia con sus facturas médicas, póngase en contacto con nuestro departamento de Servicios financieros para pacientes, llamando al 843-522-5150 o a la línea gratuita 855-852-0456. Puede obtener una solicitud por correo o descargarla en línea en BeaufortMemorial.org/FinancialAssistance. Nos complace poder trabajar con usted.


Notificación de no discriminación y accesibilidad

Beaufort Memorial no excluye a ninguna persona ni discrimina debido a la raza, el color, la nacionalidad, la edad, la discapacidad o el sexo. Beaufort Memorial proporciona recursos y servicios gratuitos a las personas con discapacidades o cuyo idioma principal no sea el inglés para que puedan comunicarse de manera efectiva con nosotros, como intérpretes calificados del lenguaje de señas, información por escrito en formatos audibles y/o electrónicos, e información escrita en otros idiomas. Si necesita estos servicios, póngase en contacto con nuestro defensor del paciente, llamando al 843-522-5172.


Información sobre la Ley de Seguridad del Paciente Hospitalizado Lewis Blackman

Durante su estadía hospitalaria, recibirá atención y servicios por parte de personas en muchas funciones. Algunas de estas funciones se describen a continuación. Si tiene alguna pregunta, pida a su médico o personal de enfermería que le expliquen qué otras personas intervienen en su atención.


Durante su estadía, el “médico tratante” lo ingresará y cuidará de usted. Si este médico no puede verlo un día determinado, se le asignará otro profesional para que le ayude a cubrir su atención. Su médico también puede pedirle a otros profesionales o especialistas que le ayuden con su caso.


Aquí también podrá ver a los estudiantes o aprendices. Algunos ejemplos son los estudiantes de enfermería, de medicina, de fisioterapia y de trabajos sociales. Los médicos residentes y otras personas que reciben formación están bajo la supervisión de una persona aprobada por un hospital.


Todos los empleados de Beaufort Memorial, profesionales del personal médico y personas en formación llevan una tarjeta que indica claramente su nombre, departamento y cargo. De esa forma, sabrá quién está involucrado en su atención, decisiones de tratamiento o cirugías.


El equipo de enfermería está habitualmente en contacto con los médicos y otras personas involucradas en su atención. Si alguna vez tiene preguntas, póngase en contacto con el personal de enfermería. Si desea ponerse en contacto con su médico tratante u otro profesional que le ayude con su caso, el personal de enfermería puede llamarlos. Si se lo pide al personal de enfermería, le darán un número de teléfono del médico tratante y pueden ayudarle a hacer la llamada.

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